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miércoles, 16 de abril de 2014

Género y Migración

Trata y tráfico de personas


Con el correr de los meses en esta sección haremos referencia a un fenómeno que no es un episodio aislado sino que es el resultado de un problema estructural. Nos referimos a la trata y tráfico de personas. Ambos delitos se han incrementado de forma exponencial en los últimos años y representan luego del tráfico de armas una de las actividades ilegales más lucrativas. De acuerdo con estimaciones de las Naciones Unidas, más de 2.4 millones de personas están siendo explotadas actualmente como víctimas de la trata de personas, ya sea para explotación sexual o laboral. Otras formas de trata de personas incluyen la servidumbre, el tráfico de órganos y la explotación de niños para la mendicidad o bien la guerra. Hasta un 80% de las víctimas de la trata de personas son mujeres y niñas. A continuación realizamos un punteo sobre los conceptos básicos que encierra esta problemática y en las próximas entregas prometemos ahondar en detalle en los diferentes tipos de explotación existente.

¿Qué es la trata de personas?
La trata consiste en utilizar, en provecho propio y de un modo abusivo, las cualidades de una persona para fines de explotación que incluye prostitución, explotación sexual, trabajos forzados, esclavitud, retirada de órganos y prácticas semejantes.

Elementos de la trata de personas:

El acto (qué se hace):
La acción de captar, transportar, trasladar, acoger o recibir personas.

Los medios (cómo se hace):
Amenaza o uso de fuerza, coacción, rapto, fraude, engaño, abuso del poder o de una situación de vulnerabilidad, o la concesión de pagos o beneficios en cambio del control de la vida de la víctima.

Existe explotación en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre o se la sometiere a prácticas análogas;
b) Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios forzados;
c) Cuando se promoviere, facilitare, desarrollare o se obtuviere provecho de cualquier forma de comercio sexual;
d) Cuando se practicare extracción ilícita de órganos o tejidos humanos.

¿Qué es el tráfico de migrantes?
El tráfico ha sido definido como la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material.

Las víctimas de trata y las personas objeto de tráfico se encuentran en una situación de gran vulnerabilidad y expuestas a todo tipo de vejámenes y maltratos.

Diferenciación:
El delito de trata de personas consiste en el traslado forzoso o por engaño de una o varias personas de su lugar de origen (ya sea a nivel interno del país o transnacional), la privación total o parcial de su libertad y la explotación laboral, sexual o similar. Es diferente del tráfico ilegal de migrantes, por varios motivos:

Consentimiento:
En el caso de tráfico ilegal de migrantes, que suele realizarse en condiciones peligrosas o degradantes, los migrantes consienten en ese tráfico. Las víctimas de la trata, por el contrario, nunca han consentido o, si lo hicieron inicialmente, ese consentimiento ha perdido todo su valor por la coacción, el engaño o el abuso de los traficantes.

Explotación:
El tráfico ilegal termina con la llegada de los migrantes a su destino, en tanto que la trata implica la explotación persistente de las víctimas de alguna manera para generar ganancias ilegales para los traficantes. Desde un punto de vista práctico, las víctimas de la trata también suelen resultar más gravemente afectadas y tener más necesidad de protección frente a una nueva victimización y otras formas de abuso que los migrantes clandestinos.

Transnacionalidad:
El tráfico ilegal es siempre transnacional, mientras que la trata puede no serlo. Ésta puede tener lugar independientemente de si las víctimas son trasladadas a otro Estado o sólo desplazadas de un lugar a otro dentro del mismo Estado.

¿Qué tipo de legislación condena estos delitos?
La respuesta mundial frente al crecimiento de esta forma de criminalidad fue la Convención contra la delincuencia organizada transnacional firmada en Palermo en el 2000 y los dos protocolos del mismo año: Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire y Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños.

En Uruguay ¿qué legislación existe?
De acuerdo a evaluaciones realizadas por las Naciones Unidas y por organizaciones de no gubernamentales, Uruguay es origen, tránsito y destino de trata de personas.
En Uruguay la trata y el tráfico de personas se encuentran tipificados en la Ley de Migración 18.250. Puedes encontrar más información en la sección Para tener en cuenta.
A nivel internacional, en 2005 el Estado uruguayo ratificó la Convención de Palermo y también adhiere a La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW)

TEN EN CUENTA:
La mujer que se encuentra en situación de trata puede no saberlo o quizás no se encuentre en condiciones de solicitar directamente su ayuda.


Si encuentras una mujer que:

  • parece temerosa o dubitativa
  • no tiene certeza de dónde se alojará o trabajará
  • desconoce el idioma del país
  • da la impresión de estar siendo controlada por otras personas
  • no maneja dinero, sus documentos y/o teléfono

Puedes estar frente a una situación de trata de personas.


Si crees que estás frente a una situación de trata de mujeres:


  • busca una forma de comunicarte con la persona en un lugar seguro y confidencial
  • recuerda que toda intervención que se lleve a cabo debe ser respetuosa de los derechos humanos, especialmente del derecho de las personas a la libre circulación
  • recuerda que es importante brindar información a las mujeres, en un idioma de su comprensión, con el fin de que sean ellas quienes decidan sobre su situación
  • siempre será la mujer quien decida acerca del proceso que se llevará adelante. En caso que decida buscar ayuda, deberás apoyarla

En los casos de trata de mujeres que involucren a otros países del MERCOSUR, puedes articular tu intervención comunicándote con los organismos que integran el Mecanismo de Articulación para la Atención a Mujeres en Situación de Trata Internacional.

En Uruguay debes dirigirte a la:
Oficina de Asistencia al Compatriota y Servicios a la Comunidad, Ministerio de Relaciones Exteriores.

Contacto: +598 2902 10 10 Int: 3135 / 2908 62 06
+598 99 68 30 30

También puedes comunicarte a los teléfonos 2400 0302 int. 5504-5505 y al teléfono gratuito 0800 7272.

Fuente: ACNUR-Mercosur Mujeres




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