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miércoles, 16 de abril de 2014

En Agenda

El pasado 14 de marzo el Consejo Consultivo Asesor de Migraciones y organizaciones de la sociedad civil concluyeron el proceso de redacción de un Informe Alternativo para presentar ante el Comité de Trabajadores Migratorios y sus Familiares (CCAM). El Consejo está integrado por una gran variedad de organizaciones de la sociedad civil especializadas en el tema migratorio y/o en la promoción y defensa de los derechos de las personas migrantes. A continuación hacemos un breve punteo sobre las recomendaciones que efectuó el Consejo ante el CCAM.  

Recomendación:
1. Que se protocolice la relación entre el CCAM y la Junta Nacional de Migración, acordándose periodicidad de reuniones en el año, así como poder participar en la confección de la agenda y documentos a tratar en esas reuniones.

2. Elaboración de Estadísticas y Acceso a la Información
Recomendación:
  • Que el Estado uruguayo modernice tanto los servicios como la producción de la información que provee la Junta Nacional de Migración, para un adecuado diseño, ejecución y evaluación de políticas.
  • Que se produzca información que permita evaluar las políticas aplicadas, así como poder trazar nuevas directrices.
  • Que esta información sea accesible a la ciudadanía, de tal manera que se garantice el acceso a la misma, conforme a la ley 18.381
3. Participación de la Sociedad Civil, Apoyo del Estado a las Organizaciones que Trabajan con Migrantes
Recomendación:
  • Que el estado realice convenios o destine programas para el trabajo de organizaciones de la sociedad civil en el apoyo y atención a migrantes.
  • Que promueva la colaboración con las organizaciones que trabajan en la atención a migrantes para una mejor evaluación y coordinación de políticas.
  • Que se implemente una mejor coordinación de las políticas públicas para retornados e inmigrantes, propiciando un programa de ventanilla única para su atención. Para ello, contar con la información de las organizaciones de la sociedad civil, de dónde es que se identifica esa desarticulación de los esfuerzos.
4. Derechos Políticos de los Uruguayos en el Exterior (Artículos 41 y 42)
Recomendación:
  • Que se apruebe una legislación específica que habilite el voto de los uruguayos en el exterior, tratado en distintos ámbitos como “voto consular”.
5. Principio de Igualdad de Trato
  • Plazos de renovación de los documentos de identidad.
Recomendación:
5.I Que se modifique los plazos para la renovación de la cédula una vez que haya sido renovada por dos períodos. Que luego pueda renovarse en los mismos plazos que los uruguayos.

Menores Sin Cédula de Identidad (Artículo 69)
Es preocupante la situación de los menores sin cédula de identidad, que no pueden acceder a diferentes servicios por carecer de la documentación requerida, que no han regularizado su situación migratoria en Uruguay, por diversas razones.

Recomendación:
5.II Que se les otorgue una cédula de identificación provisoria, generando un régimen especial para estas situaciones, en aplicación de los principios de la Convención sobre derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familiares.

Problemas de la residencia Mercosur
Recomendación:
5.III Que se modifique la renovación de la residencia Mercosur, pudiendo convertirse en permanente.

Despenalización del aborto (Artículo 43)
Recomendación:
5.IV Que se modifique la ley N° 18.987, sobre “Despenalización del Aborto” en lo que refiere a las mujeres extranjeras. Se sugiere que el requisito sea tener cédula provisoria uruguaya, lo cual mostraría el ánimo de residencia. El programa de Respuesta Rápida implementado desde mayo de 2012, permite que las mujeres migrantes puedan acceder a documentación en plazos razonables.

Acceso a la Seguridad Social, Pensiones a la Vejez (Artículo 43)
Recomendación:
5.V Que los requisitos de residencia para acceder a una pensión a la vejez sean modificados en el caso de los no nacionales, ya que el requisito de quince años de residencia resulta excesivo.

Cobro de Multas por Salidas del País, Mientras está en Trámite la Residencia Permanente
(Artículo 38)
Recomendación:
5.VI Que se elimine el cobro de multas por salidas del país.

6. Derecho a la Educación (Artículos 28 y 30)
Ingreso a la Educación Universitaria. (Artículos 43 y 45)
Recomendación:
6.I Que se modifique el requisito de ingreso a la universidad para los extranjeros que no se acogen a tratamientos especiales (diplomáticos, programas de intercambio, etc).

Tramitación de Reválidas en la Universidad
Recomendación:
6.II Que la UDELAR protocolice la actualización de los procesos de reválida universitaria.
6.III Dotar de recursos a las Comisiones de Reválidas para optimizar su actuación.

7. Trata y tráfico de personas (Artículo 68)
Recomendación:
7.I Avanzar en una ley integral de protección a las víctimas de trata y tráfico.
7.II Garantizar la protección y no estigmatización a mujeres pasibles de ser víctimas de trata con fines de explotación sexual o laboral.
7.III Implementación de programas y protocolos de asistencia a hombres pasibles de ser víctimas de tráfico y trata con fines de explotación laboral.

8. Campañas de información y no- discriminación (Artículo 7)
Recomendación:
8.I Promover puestos de difusión de información.
8.II Coordinar con el CCAM acerca de los folletos y campañas de información, sirviéndose de las redes de sociedad civil.
8.III Generar mecanismos y protocolos de denuncias de discriminación.
8.IV Revisar requisitos y procedimientos para contratación de personal desde el estado.

9. Personal Marítimo de Pesca (Artículo 25)
Recomendación:
9. Que se derogue la ley 18.498 siguiendo la recomendación de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, en aquellos aspectos que establece condiciones discriminatorias de trabajo para nacionales y extranjeros, implementando medidas provisionales urgentes.






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